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RESICO Personas Físicas: Guía Completa 2026
TNR Group · Fiscal y contable

RESICO Personas Físicas: Guía Completa 2026

Ingresos, tasas, obligaciones y declaración anual del Régimen Simplificado de Confianza explicados sin tecnicismos, para que sepas si te conviene y qué debes cumplir.

Si facturas como persona física —por un negocio propio, servicios profesionales o rentas un inmueble— seguro has escuchado hablar de RESICO personas físicas como la opción fiscal más ligera para tributar en México. Esta guía explica en qué consiste, quién puede inscribirse, qué tasas aplican y cuáles son tus obligaciones mensuales y anuales dentro del régimen.

Cálculo de impuestos mensuales en RESICO personas físicas

Qué es RESICO para personas físicas

El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) es un esquema fiscal que el SAT puso en marcha en 2022 para simplificar el pago de impuestos de personas físicas con ingresos moderados: dueños de un negocio propio, prestadores de servicios profesionales y quienes rentan inmuebles. A diferencia del régimen general, en RESICO personas físicas el ISR se calcula aplicando una tasa reducida directamente sobre los ingresos efectivamente cobrados en el mes, sin restar gastos ni hacer cálculos de coeficiente de utilidad.

Quién puede tributar en RESICO personas físicas

Puedes inscribirte si tus ingresos anuales por actividad empresarial, servicios profesionales o arrendamiento —sumados todos tus ingresos, aunque provengan de distintas fuentes— no superan $3,500,000 MXN al año. Si en algún punto del ejercicio rebasas ese tope, sales del régimen y debes migrar al régimen general desde el mes siguiente a que ocurra. Este límite es el dato más importante a vigilar si tu negocio está creciendo, porque cambia por completo tu forma de calcular impuestos.

No pueden tributar en RESICO quienes reciban ingresos como socios o accionistas de personas morales, quienes tengan ingresos de fuente extranjera, o quienes ya tributen en regímenes que la ley excluye expresamente, conforme al capítulo correspondiente de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Si tienes dudas sobre si aplicas, conviene revisarlo con tu asesor fiscal antes de darte de alta, o consultar directamente el portal Tu Empresa de la Secretaría de Economía para entender cómo se relaciona el régimen con tu tipo de actividad.

Tasas de ISR en RESICO personas físicas

La ventaja central del régimen son sus tasas reducidas: van de 1% a 2.5% sobre tus ingresos mensuales, según el nivel de ingresos que tengas ese mes —a mayor ingreso mensual, mayor la tasa dentro de ese rango—. El SAT publica y actualiza la tabla vigente de tasas por rango de ingresos en su portal de trámites y en la Resolución Miscelánea Fiscal publicada en el Diario Oficial de la Federación; conviene consultarla directamente antes de calcular tu pago, ya que puede ajustarse cada ejercicio fiscal.

El cálculo se hace sobre el ingreso efectivamente cobrado en el mes, no sobre lo facturado: si emitiste una factura pero el cliente todavía no te paga, ese ingreso no se acumula para el pago provisional de RESICO hasta que el cobro ocurra realmente. Esa es otra diferencia clave frente al régimen general, donde el momento de acumulación puede ser distinto.

Importante: en RESICO personas físicas no puedes aplicar deducciones de gastos del negocio para reducir la base del cálculo mensual, ni las deducciones personales (gastos médicos, colegiaturas, aportaciones voluntarias al retiro) que sí aplican en el régimen general.

Tus obligaciones dentro del régimen

  • Facturar (emitir CFDI) por cada ingreso que percibas, sin excepción.
  • Pago provisional mensual de ISR, que se calcula y presenta a más tardar el día 17 del mes siguiente.
  • Declaración anual, que resume y ajusta lo pagado mes a mes durante el ejercicio.
  • Mantener tu Constancia de Situación Fiscal actualizada con tu régimen y actividad económica correctos. Si necesitas repasar cómo obtenerla, tenemos una guía sobre la Constancia de Situación Fiscal.

¿RESICO personas físicas presentan declaración anual?

Sí. Aunque el régimen simplifica el cálculo mensual, la declaración anual sigue siendo obligatoria para todas las personas físicas en RESICO, incluso si ya pagaste correctamente cada mes. La declaración anual se presenta entre los meses de febrero y abril del año siguiente al ejercicio que se declara, a través del portal del SAT, que suele traer precargada buena parte de la información con base en tus pagos provisionales y tus CFDI emitidos.

RESICO personas físicas de un vistazo

ConceptoCómo funciona
Límite de ingresos$3,500,000 MXN anuales (todas tus fuentes de ingreso sumadas).
Tasa de ISRDe 1% a 2.5% mensual, según tabla vigente del SAT.
DeduccionesNo aplican deducciones de gastos ni personales dentro del régimen.
Declaración mensualPago provisional, a más tardar el día 17 del mes siguiente.
Declaración anualObligatoria, entre febrero y abril del año siguiente.

Caso práctico

Rodrigo es diseñador independiente y factura en promedio $45,000 mensuales a distintos clientes. Antes tributaba en el régimen de actividad empresarial y profesional, deduciendo gastos de equipo y renta de su estudio, pero el trámite mensual le tomaba horas. Al analizar su caso con su contador, se dio cuenta de que sus gastos deducibles eran bajos comparados con sus ingresos, así que RESICO personas físicas le convenía: pagó una tasa más baja sobre el ingreso bruto y simplificó su contabilidad mensual, aunque perdió la posibilidad de deducir la renta de su estudio. La decisión correcta depende de cuánto deduces hoy, no solo de la tasa que ves en la tabla.

Por qué conviene llevar RESICO acompañado

El régimen es simple en el papel, pero el cálculo correcto de la tasa mensual, el manejo de tu Constancia de Situación Fiscal y la vigilancia del límite de ingresos son detalles donde es fácil cometer errores que después generan requerimientos del SAT. Un despacho contable que lleve tu RESICO personas físicas revisa cada mes que estés dentro del régimen correcto y que tu declaración anual cierre sin sorpresas.

¿Quieres saber si RESICO personas físicas te conviene o necesitas ayuda con tu declaración?

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Preguntas frecuentes

¿Cuál es el límite de ingresos para RESICO personas físicas en 2026?
$3,500,000 MXN al año, sumando todos tus ingresos por actividad empresarial, servicios profesionales o arrendamiento. Si lo superas, sales del régimen a partir del mes siguiente.
¿RESICO personas físicas presentan declaración anual?
Sí, es obligatoria para todos los contribuyentes del régimen, incluso si pagaron correctamente cada mes. Se presenta entre febrero y abril del año siguiente al ejercicio.
¿Puedo deducir gastos en RESICO personas físicas?
No. El régimen calcula el ISR directamente sobre tus ingresos cobrados, sin restar gastos del negocio ni aplicar deducciones personales como en el régimen general.
¿Qué pasa si supero el límite de ingresos a mitad de año?
Debes migrar al régimen general de personas físicas a partir del mes siguiente a que rebasaste el límite, y calcular tus impuestos bajo las reglas de ese régimen desde entonces.
¿RESICO personas físicas conviene a cualquier negocio?
Depende de cuántos gastos deducibles tengas. Si tus gastos son bajos frente a tus ingresos, la tasa reducida suele convenir; si son altos, el régimen general con deducciones puede resultar más favorable.